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1.
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El votante se ha trasladado del Distrito Legislativo J en el Condado de Pima
sin poner al día su inscripción como votante y ahora reside en el mismo
Distrito Legislativo (el Distrito P) que el candidato. Quiere contribuir
$5.00. ¿Contará esta contribución cuando se quiere calificar para los Fondos
para Elecciones Limpias?
Respuesta: NO.
Las reglas sobre ?balotas de residentes nuevos? que aplican a las peticiones
de nombramiento de candaditos y a votar, NO APLICAN a los Fondos para
Elecciones Limpias. Está claro el lenguaje del estatuto. El votante tiene
que estar INSCRITO PARA VOTAR en el distrito legislativo en la misma
fecha en que se hace la contribución para que ésta califique.
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2.
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Para poder calificar para fondos mediante el método de verificación por
muestra aleatoria rápida, ¿será suficiente someter 220 contribuciones que
califican?
Respuesta:
No. Para calificar utilizando una muestra aleatoria, tiene que haber
contribuciones válidas que suman MÁS DEL 110% del número mínimo necesario
para calificar. El número mínimo de contribuciones para los candidatos a la
legislatura es 200. De ese número, 110% representa 220 contribuciones. Sin
embargo, tiene que tener MAS DEL 110%, por tanto deberá someter más de 220
contribuciones. La Comisión para Elecciones Limpias le recomienda someter 20%
más que el número mínimo necesario (240 contribuciones para los candidatos a
la legislatura) para asegurar que califique.
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3.
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Un votante ha contribuido $5.00 para mi contrincante para que califique como
candidato de elecciones limpias. ¿Puede ese mismo votante contribuir $5.00
para mi campaña también?
Respuesta:
Sí. No hay nada en los estatutos ni en los reglamentos que prohíba las
contribuciones a más de un candidato.
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4.
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Quiero contribuir $5.00 a una campaña que busca calificar. Cuando relleno los
formularios, ¿puedo actuar como la persona que solicita los fondos además de
la persona que contribuye los fondos?
Respuesta:
Sí. No hay nada en el estatuto que exija que haya dos personas
independientes. Hay que rellenar los formularios por completo.
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5.
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Una de las contribuciones que califican a mi contrincante la contribuyó él
mismo. ¿Es válido esto?
Respuesta:
Sí. La contribución de $5.00 de parte del candidato mismo es una contribución
fácil de conseguir y que ayuda a calificar. Cualquier votante inscrito en el
distrito legislativo puede contribuir. Incluso el mismo candidato.
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6.
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Actúo como persona que solicita contribuciones para un candidato republicano
a la legislatura. Si recibo una contribución de un votante inscrito como
miembro del partido democrático, ¿contará esta contribución para calificar?
Respuesta:
Sí. La afiliación con un partido político no se considera. Lo único que
cuenta es si el individuo está inscrito para votar en el distrito legislativo
del candidato en la fecha en que se hace la contribución.
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7.
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Si el votante/contribuyente olvida firmar o poner la fecha en el formulario
para calificar, ¿puede firmar y poner la fecha en el formulario la persona
que solicitó la contribución u otra persona, con el fin de corregir el error?
Respuesta:
No. Solamente el votante puede firmar y fechar el formulario para calificar,
a no ser que el votante tenga una discapacidad física que le impide firmar.
Si otra persona firma de parte de un votante que no está discapacitado, la
contribución no se contará para calificar, y podría dar lugar a una
investigación penal por falsificación y/o fraude.
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8.
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Si un esposo y una esposa contribuyen, ¿puede firmar uno de los cónyuges para
el otro?
Respuesta:
No. Esto es lo mismo que la pregunta 7. Cada votante tiene que firmar por si
mismo, a no ser que tenga una discapacidad física que le impide firmar. Si una
persona firma por otra debido a una discapacidad, anote esto en el formulario
para que se pueda verificar. Sepan que cada firma se compara a la firma en el
formulario de inscripción del votante como parte del proceso de validación. Si
no coincide la firma, no califica la contribución.
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9.
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Antes de someter mis papeles de Elecciones Limpias a la Oficina del Secretario
de Estado para su verificación, quiero ver si son válidos. ¿Los puedo traer a
la Oficina del Registro para chequearlos?
Respuesta:
Sí. La Oficina del Registro tiene varias computadoras disponibles para uso del
público para la investigación. Puede ver el récord de cada votante para
determinar si estaba inscrito en el distrito legislativo en la fecha en que
firmó el formulario para calificar. La ley estatal actual dicta que son
confidenciales las firmas de los votantes. Sin embargo, si usted solicita
por adelantado ver las firmas, se le dará acceso a las firmas para su
comparación. Se les prohíbe a los empleados de la Oficina del Registro
comparar las firmas por usted.
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10.
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Solicito una contribución a una persona que vive en mi distrito legislativo y
la persona me dice que no está inscrito para votar. Antes de que me dé la
contribución, le doy un formulario para inscribirse como votante para que lo
rellene. ¿Su contribución califica?
Respuesta:
Sí. Si el formulario para inscribirse para votar se rellena, se fecha, y se
recibe en la Oficina del Registro dentro de 10 días de la fecha en la cual
se rellenó, entonces se inscribirá al votante con la fecha que aparece en el
formulario. Si no lleva fecha el formulario o si no se recibe el formulario
en la Oficina del Registro dentro del plazo arriba mencionado, entonces se
inscribirá al votante en la fecha en la cual se recibió el formulario, y en
ese caso no contará la contribución para calificar.
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PÁGINAS WEB:
Secretario de Estado
http://www.sosaz.gov
Comisión para Elecciones Limpias
http://www.ccec.state.az.us
Comisión para Fijar los Distritos en Arizona
http://www.azredistricting.org
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