F. Ann Rodriguez, Pima County Recorder 
F. Ann Rodriguez

Oficial del Registro
1.

El votante se ha trasladado del Distrito Legislativo J en el Condado de Pima sin poner al día su inscripción como votante y ahora reside en el mismo Distrito Legislativo (el Distrito P) que el candidato. Quiere contribuir $5.00. ¿Contará esta contribución cuando se quiere calificar para los Fondos para Elecciones Limpias?

Respuesta: NO. Las reglas sobre ?balotas de residentes nuevos? que aplican a las peticiones de nombramiento de candaditos y a votar, NO APLICAN a los Fondos para Elecciones Limpias. Está claro el lenguaje del estatuto. El votante tiene que estar INSCRITO PARA VOTAR en el distrito legislativo en la misma fecha en que se hace la contribución para que ésta califique.

2.

Para poder calificar para fondos mediante el método de verificación por muestra aleatoria rápida, ¿será suficiente someter 220 contribuciones que califican?

Respuesta: No. Para calificar utilizando una muestra aleatoria, tiene que haber contribuciones válidas que suman MÁS DEL 110% del número mínimo necesario para calificar. El número mínimo de contribuciones para los candidatos a la legislatura es 200. De ese número, 110% representa 220 contribuciones. Sin embargo, tiene que tener MAS DEL 110%, por tanto deberá someter más de 220 contribuciones. La Comisión para Elecciones Limpias le recomienda someter 20% más que el número mínimo necesario (240 contribuciones para los candidatos a la legislatura) para asegurar que califique.

3.

Un votante ha contribuido $5.00 para mi contrincante para que califique como candidato de elecciones limpias. ¿Puede ese mismo votante contribuir $5.00 para mi campaña también?

Respuesta: Sí. No hay nada en los estatutos ni en los reglamentos que prohíba las contribuciones a más de un candidato.

4.

Quiero contribuir $5.00 a una campaña que busca calificar. Cuando relleno los formularios, ¿puedo actuar como la persona que solicita los fondos además de la persona que contribuye los fondos?

Respuesta: Sí. No hay nada en el estatuto que exija que haya dos personas independientes. Hay que rellenar los formularios por completo.

5.

Una de las contribuciones que califican a mi contrincante la contribuyó él mismo. ¿Es válido esto?

Respuesta: Sí. La contribución de $5.00 de parte del candidato mismo es una contribución fácil de conseguir y que ayuda a calificar. Cualquier votante inscrito en el distrito legislativo puede contribuir. Incluso el mismo candidato.

6.

Actúo como persona que solicita contribuciones para un candidato republicano a la legislatura. Si recibo una contribución de un votante inscrito como miembro del partido democrático, ¿contará esta contribución para calificar?

Respuesta: Sí. La afiliación con un partido político no se considera. Lo único que cuenta es si el individuo está inscrito para votar en el distrito legislativo del candidato en la fecha en que se hace la contribución.

7.

Si el votante/contribuyente olvida firmar o poner la fecha en el formulario para calificar, ¿puede firmar y poner la fecha en el formulario la persona que solicitó la contribución u otra persona, con el fin de corregir el error?

Respuesta: No. Solamente el votante puede firmar y fechar el formulario para calificar, a no ser que el votante tenga una discapacidad física que le impide firmar. Si otra persona firma de parte de un votante que no está discapacitado, la contribución no se contará para calificar, y podría dar lugar a una investigación penal por falsificación y/o fraude.

8.

Si un esposo y una esposa contribuyen, ¿puede firmar uno de los cónyuges para el otro?

Respuesta: No. Esto es lo mismo que la pregunta 7. Cada votante tiene que firmar por si mismo, a no ser que tenga una discapacidad física que le impide firmar. Si una persona firma por otra debido a una discapacidad, anote esto en el formulario para que se pueda verificar. Sepan que cada firma se compara a la firma en el formulario de inscripción del votante como parte del proceso de validación. Si no coincide la firma, no califica la contribución.

9.

Antes de someter mis papeles de Elecciones Limpias a la Oficina del Secretario de Estado para su verificación, quiero ver si son válidos. ¿Los puedo traer a la Oficina del Registro para chequearlos?

Respuesta: Sí. La Oficina del Registro tiene varias computadoras disponibles para uso del público para la investigación. Puede ver el récord de cada votante para determinar si estaba inscrito en el distrito legislativo en la fecha en que firmó el formulario para calificar. La ley estatal actual dicta que son confidenciales las firmas de los votantes. Sin embargo, si usted solicita por adelantado ver las firmas, se le dará acceso a las firmas para su comparación. Se les prohíbe a los empleados de la Oficina del Registro comparar las firmas por usted.

10.

Solicito una contribución a una persona que vive en mi distrito legislativo y la persona me dice que no está inscrito para votar. Antes de que me dé la contribución, le doy un formulario para inscribirse como votante para que lo rellene. ¿Su contribución califica?

Respuesta: Sí. Si el formulario para inscribirse para votar se rellena, se fecha, y se recibe en la Oficina del Registro dentro de 10 días de la fecha en la cual se rellenó, entonces se inscribirá al votante con la fecha que aparece en el formulario. Si no lleva fecha el formulario o si no se recibe el formulario en la Oficina del Registro dentro del plazo arriba mencionado, entonces se inscribirá al votante en la fecha en la cual se recibió el formulario, y en ese caso no contará la contribución para calificar.

PÁGINAS WEB:

Secretario de Estado
http://www.sosaz.gov

Comisión para Elecciones Limpias
http://www.ccec.state.az.us

Comisión para Fijar los Distritos en Arizona
http://www.azredistricting.org