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1.
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Un votante firmó en el espacio para ?nombre en letras de molde? y puso su
nombre en letras de molde en el espacio para firmar. ¿Es válida la firma?
Respuesta:
Sí. Siempre que la firma esté en el mismo renglón que el nombre en letras
de molde y coincida con la firma del votante que obra en los archivos de la
Oficina del Registro, es una firma válida.
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2.
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Un votante se ha mudado de casa sin poner al día su inscripción. El votante
está inscrito en el Distrito Legislativo Y pero ahora vive en el Distrito
Legislativo Z. ¿Puede firmar una petición para un candidato en el Distrito
Legislativo Z?
Respuesta:
Sí. Se aplican las reglas de ?balota de residente nuevo?. Bajo la ley, si el
votante es apto para votar por el candidato en la siguiente elección, puede
firmar la petición de nombramiento. Un votante que se inscribió en una
dirección del Condado de Pima y luego se traslada sin poner al día su
dirección, todavía puede votar en el lugar de votación de la nueva dirección.
Si la nueva dirección está en el Distrito Legislativo Z, entonces es válida
la firma.
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3.
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Un votante firmó una petición de nombramiento y puso la fecha del
?10 de febrero? sin indicar el año. ¿Es válida la firma?
Respuesta:
No. La ley de Arizona requiere una fecha completa, con mes, día y año, antes de
que se pueda tener como válida la firma en una petición. Rogamos tomen nota
que, bajo la ley de Arizona, el votante sólo tiene que firmar la petición.
La persona que circula la petición podrá rellenar toda la información adicional
que se requiere que figure en la petición. Si el votante deja incompleta la
información, la persona que la circula puede completarla. Sin embargo, sólo la
persona que la circula puede agregar la información que falta. Si no añade el
año al renglón donde firmó el votante, la firma no valdrá.
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4.
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Votantes que son marido y mujer han firmado la petición, uno después del otro.
Solamente la mujer puso su dirección y la fecha de la firma. El marido puso
comillas. ¿Es válida la firma del marido?
Respuesta:
Si el marido es votante inscrito y la dirección indicada está en el distrito
correcto, entonces la firma es válida. Bajo la ley de Arizona es válido el uso
de comillas para cualquier información con excepción de la firma.
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5.
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Un marido y su mujer firman cada uno su nombre en el mismo renglón. Ninguno de
los dos pone su nombre en letras de molde, pero están inscritos en la misma
dirección que se indica en la petición. ¿Son válidas estas firmas?
Respuesta:
Sí. La cuestión es si se puede identificar las firmas sin los nombres en letras
de molde. Si las firmas coinciden con las firmas en la inscripción de votantes,
entonces las dos firmas serán válidas siempre que no hay más de 13 firmas
adicionales en misma hoja de la petición. Bajo la ley de Arizona, las
peticiones sólo pueden tener 15 firmas en cada hoja.
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6.
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Un votante firmó la petición de nombramiento y luego tachó su nombre con una
raya. ¿Es válida la firma?
Respuesta:
No. Bajo la ley de Arizona, un votante puede retirar su nombre de cualquier
petición tachando el nombre con una raya en la hoja antes de que se presente
la petición. Si una petición contiene una firma tachada cuando se presenta,
ambos la División de Elecciones y la oficina del Secretario de Estado supondrán
que el votante ha retirado su firma y no se contará como válida para la balota.
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7.
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El candidato busca nominación como miembro del Partido Democrático. El votante
está inscrito como miembro del Partido Whig y firma la petición de
nombramiento. ¿Es válida la firma?
Respuesta:
Sí. La ley de Arizona cambió en 2001. Cualquier votante inscrito puede firmar
una petición de nombramiento de un candidato si dicho votante está inscrito en
el partido político del candidato o si está inscrito como votante
?independiente? o como miembro de un partido político no reconocido. Por
supuesto, la residencia del votante tiene que estar dentro del distrito
legislativo para elecciones. Para los candidatos a la Legislatura, los
partidos políticos reconocidos son los partidos Democrático, Republicano y
Libertario. Para los candidatos del condado, los partidos reconocidos son los
partidos Democrático, Republicano, Libertario y Verde. En 2002 el tribunal
dictó que los votantes inscritos como miembros del Partido Verde no eran
votantes ?independientes? para las elecciones en el Condado de Pima a puestos
estatales. Puesto que el Partido Verde se reconoce al nivel del condado, pero
no al nivel estatal, no pueden participar en elecciones a puestos estatales.
Por tanto, las firmas de votantes del Partido Verde en las peticiones de
nombramiento no son válidas si el votante reside en el Condado de Pima. Si el
votante residiera en cualquier otro condado dentro del mismo distrito
legislativo, entonces sería válida la firma.
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8.
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Un votante puso su nombre en letras de molde dos veces en la petición de
nombramiento. La dirección coincide con su dirección para fines de inscripción
de votantes. ¿Es válida la firma?
Respuesta:
Si el votante puso su ?firma? en letras de molde en el formulario de
inscripción de votantes, y las letras de molde coinciden con el formulario de
inscripción de votantes, entonces la firma será válida. Si el votante firmó el
formulario de inscripción de votantes, entonces la firma se rechazará porque no
coincide con la firma en el archivo. No se pueden hacer comparaciones entre las
letras cursivas y las letras de molde.
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9.
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Un candidato tiene intención de impugnar las peticiones de nombramiento del
contrincante. El candidato quiere que la Oficina del Registro verifique todas
las firmas en las peticiones para determinar si tienen suficientes firmas
válidas para que figure en la balota. El candidato incoa una demanda en el
Tribunal Superior impugnando cada firma en la petición y pide al tribunal que
mande al Registro verificar cada firma para determinar si es válida. ¿Tendrá
éxito el candidato con esta impugnación?
Respuesta:
No tiene posibilidad. La ley estatal requiere que la demanda enumere cada firma
que se impugna y el motivo por impugnar cada firma. Si no cumple ese requisito
entonces es un asunto de jurisdicción. O sea, si no se afirma el motivo por
impugnar cada firma, entonces no es competente el tribunal para considerar la
impugnación.
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10.
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El candidato le pide a una persona firmar su petición de nombramiento y la
persona indica que sí la firmaría, pero que no está inscrito. El candidato
ofrece entregarle un formulario de inscripción y la persona lo rellena y
después firma la petición. ¿Es válida la firma?
Respuesta:
Sí. Una persona tiene que haberse inscrito para votar en el momento de firmar
la petición de nombramiento. Se supone que la persona está inscrito una vez que
ha rellenado el formulario de inscribirse como votante. Sin embargo, esa
suposición no vale si la Oficina del Registro no recibe ese formulario de
inscripción dentro de un plazo razonable después de la fecha del mismo. Si la
Oficina del Registro no lo recibe dentro de 10 días de la fecha cuando se firmó
y se fechó, se considerará inscrita la persona como votante el día que se
recibió el formulario en vez de la fecha que figura en el formulario. Tomen
nota, si no lleva fecha el formulario de inscripción para votar, entonces se
considera inscrita la persona el mismo día que se recibió el formulario en la
Oficina del Registro.
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11.
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Un votante registrado ha firmado las peticiones de nombramiento para los dos
candidatos republicanos para el puesto del distrito legislativo J de la Cámara
de Representantes de Arizona. ¿Es válida alguna de las dos firmas?
Respuesta:
Respuesta: Debido a que los dos puestos para cada distrito legislativo de la
Cámara de Representantes se eligen cada dos años, un votante puede firmar la
petición de nombramiento para los dos candidatos. Un votante sólo puede firmar
un número de peticiones de nombramiento igual al número de votos que puede dar
en la elección. Por tanto, si hay tres candidatos a la Cámara, el votante sólo
puede firmar dos peticiones de nombramiento. Si sólo se elige un puesto en la
elección, el votante sólo puede firmar una petición. Si el votante firma
demasiadas peticiones, la petición que firma primero es la que se cuenta como
válida.
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PÁGINAS WEB:
Secretario de Estado
http://www.sosaz.gov
Comisión para Elecciones Limpias
http://www.ccec.state.az.us
Comisión para Fijar los Distritos en Arizona
http://www.azredistricting.org
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